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martes, 05 de septiembre de 2006

King Crimson contra Los Del Río



Por Vance, 06-02-2005

 

 

 

I. EL PUEBLO VASCO Y LA CONSTITUCIÓN

La Constitución no dice nada de la existencia de ningún pueblo vasco. Ese presunto pueblo es una entelequia, un supuesto ente que no existe. Lo que existe es la Comunidad Autónoma Vasca en virtud de una negociación concreta entre tres diputaciones que decidieron constituirla así en cierto momento, posterior a 1978.


Si se intentara identificar al pueblo vasco con la Comunidad Autónoma Vasca, se debería tener en cuenta que la aparición de esa Comunidad fue propiciada por la Constitución de 1978. Contradecir esa Constitución implica negar la existencia de la Comunidad Autónoma Vasca, y equivale por lo tanto a proclamar la ilegitimidad moral del Parlamento Vasco.


Dicho más corto: cualquier cuestionamiento de la Constitución de 1978 equivale a negar el valor político real de las instituciones vascas actuales. Cuando Ibarreche fue a hablar en nombre del Parlamento vasco, iba a hablar en nombre de la Constitución del 78 que lo hizo posible. Si no, sólo habría podido entrar en el Congreso de los Diputados como turista o invitado entre el público.



*****



Sabemos, o deberíamos saber, que cualquier norma jurídica permanece viva a no ser que sea expresamente derogada. Ello sucede incluso a través de los cambios de régimen, como sucedió en 1978.


El público en general llega al conocimiento de este hecho jurídico cuando se entera de que en plena democracia se aplicaban el Código Penal de Franco, hasta que no se hizo otro nuevo, o la Ley de Prensa de Fraga. Este hecho responde a un principio político (y cuando digo político hablo en el sentido amplio, por el cual lo jurídico es sólo una parte de lo político). Ese principio político dice así: "Nunca puede existir un vacío de poder".


Esa negación del vacío de poder hace que las leyes no explícitamente derogadas sigan en vigor, pero no se limita a lo jurídico. Sucede lo mismo en el ejecutivo: de la incapacidad temporal del responsable de cualquier departamento se sigue obligatoriamente que el segundo de a bordo se constituye en jefe ejecutivo, hasta que la superioridad conozca el caso y decida qué hacer. Ni qué decir que los militares conocen esas situaciones perfectamente: puede darse el caso de que que por incapacidad en campaña de todos los superiores, un cabo tenga que mandar una compañía.



*****



II. PROVINCIAS, REGIONES Y NACIONALIDADES

Lo anterior viene a cuento de lo siguiente: la Constitución fue deliberadamente ambigua respecto al hablar de Nacionalidades y Regiones. ¿Qué nacionalidades? ¿Qué regiones? ¿Culturales? ¿Geográficas? ¿"Naturales" en el sentido en el que lo son las comarcas en Geografía Humana? ¿Administrativas?


Al no aclararlas, estaba claro que eran esto último: administrativas. Las regiones administrativas tienen una base arbitraria y cambiante. De hecho, hubo un tiempo en que, dentro del mismo régimen de Franco, la región de León pasó de tener cinco provincias a tener tres. Perdió Valladolid y Palencia. También en tiempos anteriores hubo una quinta provincia gallega.


Lo que la Constitución no derogó, lo que admitió como base de la ordenación territorial, fueron las provincias.


La Constitución de 1978 NO DIJO CUÁLES ERAN LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS. Lo que hizo fue determinar el proceso según el cual iban a formarse:


CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
TÍTULO VIII. De la Organización Territorial del Estado
CAPÍTULO TERCERO. De las Comunidades Autónomas
Artículo 143
1. En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en el artículo 2 de la Constitución, las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas con arreglo a lo previsto en este Título y en los respectivos Estatutos.
2. La iniciativa del proceso autonómico corresponde a todas las Diputaciones interesadas o al órgano interinsular correspondiente y a las dos terceras partes de los municipios cuya población represente, al menos, la mayoría del censo electoral de cada provincia o isla. Estos requisitos deberán ser cumplidos en el plazo de seis meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las Corporaciones locales interesadas.



En la práctica, la expresión "características históricas, culturales y económicas comunes" es un saco donde cabe todo, una fuente de interpretaciones subjetivas que por lo tanto no impedía nada. La expresión "provincias con entidad regional histórica" era otra vaguedad sin valor alguno. Los tribunales no entienden ni de entidad regional ni de lo histórico, por lo cual no iban a declarar inconstitucional la ruptura de esa vaga expresión. Lo demuestra el hecho de que La Rioja (antes Logroño) y Madrid, que nunca habían sido regiones, pudieron constituirse como Comunidad Autónoma.


El único criterio objetivo que imponía algo y que vedaba algo era, y es, la expresión "PROVINCIAS LIMÍTROFES".


En suma: la Constitución permitía a las Diputaciones (como entidades políticas de LA PROVINCIA que son) que negociaran unas con otras para ver quién se juntaba con quién. "Limítrofe" es una expresión que permite la expansión de la negociación, porque si León limita con Palencia, Palencia limita con Burgos y Burgos limita con Soria, León y Soria podían acabar formando parte de la misma Comunidad Autónoma, aunque no fueran limítrofes.


La formación de las Comunidades Autónomas se dejó, pues, al albur de unas diputaciones que negociaron después de aquel momento lo que les dio la gana. Es decir: la existencia de las Comunidades Autónomas actuales se debe a una negociación que los políticos hicieron a espaldas de los ciudadanos, por lo cual conviene relativizar aún más su valor "histórico". Sabemos que los ciudadanos dijeron más tarde amén a todo, pero es que para esos ciudadanos de entonces, cualquier cosa que fuera salir del régimen franquista era un bien sin mezcla de mal alguno. Habrían firmado todos los cheques en blanco que les hubieran puesto por delante, porque no tenían ninguna experiencia democrática y por ello ignoraban los métodos con los que la demagogia esclaviza a la democracia.


Siendo así de arbitraria y momentánea la formación de las Comunidades Autónomas que existen desde entonces, la Constitución debía haber previsto igualmente los mecanismos de la vuelta atrás. Podían haber sido medidos, cautelosos, rigurosos, con garantías de que no causarían inestabilidad constante. Pero deberían haberse prevenido, y no hay nada en la Constitución que hable de ello.


¿Qué pasa, por ejemplo, si los habitantes de Teruel no quisieran pertenecer a una Comunidad Autónoma que niega el agua a otros españoles? ¿Deben verse encadenados para siempre por una negociación concreta que no conocieron? ¿Tienen derecho a haber comprobado que esa unión los asocia a una actitud cainita y les hace cómplices de lo que se decida en Zaragoza? Según la Constitución, no tienen derecho. Muy mal por la Constitución. ¿Por qué la Diputación de Teruel no sigue teniendo el mismo poder que tuvo cuando decidió unirse a Aragón?


Y ahí llegamos a la base del asunto. Se decidió en 1978 que habría Comunidades Autónomas sólo para contentar a los partidos nacionalistas vascos y catalanes de aquel momento. Tras la capa de "café para todos" se escondió lo que a ellos les interesaba en concreto: el control de la educación y del orden (y por ello del desorden) público. Los aspavientos actuales sobre el Plan Ibarreche son extemporáneos e hipócritas, llegan muy tarde: los ponentes de la Constitución del 78 escribieron la mayor parte ese plan, establecieron la distinción étnica de sospechosas resonancias hitlerianas entre las comunidades "históricas" y las "no históricas", y unos medios de comunicación cómplices en el gran engaño consiguieron lo aparentemente imposible: convencer a la mayoría de la población española de que antiguas marcas o provincias eran "nacionalidades históricas", mientras que los históricamente reinos pasaban a ser considerados tan sólo regiones.


A continuación, se dedicaron a poner palos en las ruedas de "las otras" Comunidades Autónomas (las "regiones"), a impedir su desarrollo autonómico al mismo ritmo que el País Vasco y Cataluña, de manera que se percibiera claramente una diferencia de trato según el lugar de residencia que es frontalmente opuesto al principio de igualdad de cualquier Estado de Derecho.


En suma, el Plan Ibarreche lo escribieron en su mayor parte potencialmente los padres de la Constitución, y lo han desarrollado ya políticos de esos mismos partidos. Por eso Fraga ha acabado de patriarca de la Comunidad Autónoma Gallega. En 1978 estaba escribiendo su futuro retiro. Así cualquiera.


Lo único que falta por hacer del Plan Ibarreche, el meollo del asunto, es, aparte de que se vayan de allí la policía y la guardia civil, la autonomía judicial. Si un tribunal vasco es la última instancia recurrible, se dan las condiciones para que los delitos habidos en el País Vasco sean enfocados desde una óptica nacionalista, no individual como es lo lógico en el Derecho. El concepto de delito puede cambiar radicalmente según esa óptica. Los asesinos pueden ser considerados "luchadores"; los prevaricadores, "protectores del pueblo milenario". Si hemos visto que a los terroristas se les encarga la vigilancia sobre el cumplimiento de los derechos humanos, ¿cómo pretenden que nos fiemos ya de su buena intención, de su honradez, cuando lleguen a dominar el poder judicial?



*****



III. ¿PARA QUE SIRVE UNA COMUNIDAD AUTÓNOMA?


Se nos vendió, y se nos sigue vendiendo, que las Comunidades Autónomas eran buenas porque significaban descentralización: el gerente iba a estar más cerca del ciudadano.


En realidad, era todo lo contrario. Las Comunidades Autónomas establecían enormes cuotas de poder que serían ocupados por los políticos locales. El número de cargos políticos designables, "de confianza", se multiplicó por 17. Su modus vivendi se apoyaba en ello, y su eficacia no ha sido demostrada en ningún momento. Lo que sí hay es numerosas pruebas de lo contrario, de muchos casos de clamorosa ineptitud. Cualquiera que se haya acercado a una Consejería lo ha podido comprobar. Los funcionarios pueden ser eficaces, pero entre los responsables políticos abundan los ineptos.


La creación de reinos de taifas ha sido ventajosa para la clase política no sólo para su colocación, sino también para prácticas descaradamente expoliadoras del erario público. Un ejemplo: la Junta de Extremadura hizo hace tiempo un decreto por el cual todos los funcionarios que hubieran alcanzado el rango de director general durante un par de años seguirán cobrando durante el resto de su vida los complementos correspondientes a ese cargo, incluso después de dejar esa función. Traducción al español: voy colocando a mis amigos, rotándolos cada dos años, y ya llevamos todos un sobresueldo por la cara, y de por vida.


¿Qué decir de tanto otro dinero público tirado a la basura? Todas las Comunidades Autónomas tienen sus editoriales, y esas editoriales, junto con obras de indudable mérito, producen toneladas de libros que nunca leerá nadie, a pesar de estar profusamente distribuidos por las bibliotecas y los colegios, universidades e institutos públicos. El autor deberá haber hecho el bufón el suficiente tiempo ante el poder local. Como premio, el orgullo de haber publicado y, en no pocos casos, una línea "de oro" en el currículum. Esa línea de oro es realmente dorada cuando el bufón se presenta a un concurso de méritos, porque puntúa. Traduciendo otra vez al español: "Yo te publico un libro y luego le doy dos puntos en el concurso de méritos y así te coloco como funcionario". A cambio, como es natural, se espera (y se recibe) una fidelidad perruna.


Es decir: el sistema autonómico propicia la esclavitud de los intelectuales más o menos venales y de él se aparta a los independientes, o se apartan ellos solos por el asco que sienten, esos independientes que precisamente por serlo son los únicos que pueden aportar una mirada libre y describir la sociedad actual sin condicionamientos partidistas: todo controlado.


Otra forma de uso inmoral del hecho autonómico es la utilización de los errores y las catástrofes como arma arrojadiza en la lucha política partidista. Por ejemplo, cuando en España mandaba el PP, la Junta de Andalucía achacaba al gobierno los malos resultados en asuntos de los que la propia Junta era responsable, por tener asumidas las competencias. Una vez en el poder los del mismo signo político, a la mentira y a la acusación falsa las ha sucedido un silencio ominoso que en realidad grita su hipocresía.


Esa mentira respecto a la propia responsabilidad se apoya en la falta de espíritu cívico de los ciudadanos, que si conocieran las competencias de su gobierno autonómico no podrían admitir a los mentirosos y los echarían del poder. Conviene, pues, a los poderes autonómicos, que sus gobernados no tengan ni conocimientos ni interés sobre la gestión de sus propios asuntos, y ésa es la razón por la cual hay una encarnizada competencia entre las autonomías por ver quién es capaz de rebajar más la calidad de la educación. A los ignorantes se los engaña más facilmente.



*****



IV. DE REGRESO AL SIGLO XIX

Aunque se nos haya vendido el sistema autonómico como un progreso político, tras 25 años de historia vivida podemos comprender que en realidad consiste en una regresión histórica, en la vuelta a lo peor del siglo XIX español: EL CACIQUISMO. Caciques regionales controlan todo lo que se mueve, otorgan los cargos, los privilegios, alternan su cara magnánima con su otra cara amenazante según convenga a su partido y no pocas veces a sus caprichos personales. Hacen y deshacen, nombran consejeros a ilustres desconocidos sin mérito alguno, mientras decretan el destierro fáctico de todo lo que desvele su exceso de poder ante el público. No hay vida cultural, ni social, ni política, fuera del feudo del cacique, que extiende la telaraña de su poder partidista mediante los hilos de SUS alcaldes. El pueblo que vota al partido será mimado. El que vote a la competencia, verá bloqueados todos sus proyectos de progreso mediante "informes técnicos" ad hoc.


¿En qué se diferencia el sistema de ahora del caciquil del siglo XIX? ¿En que los votamos? También los votaban entonces. Y ahora, igual que entonces, nos dejan claro qué nos conviene votar. Cuando afirmaron que gracias a las Comunidades Autónomas los políticos iban a estar más cerca de los ciudadanos, tenían razón: tan cerca como para que notemos en la nuca, a cada momento, el aliento del cacique.



*****



V. EL HOMBRE ESQUIZOIDE DEL SIGLO XXI

(Título de una canción de King Crimson)

Tanto el PP como el PSOE nos afirman a la vez que las autonomías son convenientes, y que también es conveniente "compartir soberanía" dando el SÍ en el referéndum a una gestión que nos afecta realizada desde Bruselas. Ambas afirmaciones son incompatibles. No son dictadas por ningún enfoque político. Si así fuera, tendríamos que admitir que los dirigentes de ambos partidos están en los límites de la esquizofrenia en el plano ideológico.


Si la cercanía del político autonómico es buena, entonces la lejanía del comisario de Bruselas es nociva. Si tener competencias en sociedades pequeñas es conveniente, entonces es muy inconveniente que gente extraña de grandes sociedades tenga competencias en lo nuestro.


No se puede mantener a la vez un discurso y el opuesto. Ahora bien: al margen de que Zapatero pueda ser el inmaduro que parece ser, no cabe duda de que otros dirigentes del PSOE, así como los del PP, no son, precisamente, adolescentes sin experiencia ni capacidades políticas. Su pasar por el aro del SÍ, ya firmado por Zapatero, obedece a presiones extranjeras que no conocemos y no sabemos hasta qué punto son admisibles. Una de las mayores servidumbres del oficio de político es tener que pasar por tonto e incluso por loco sin descomponer siquiera el semblante.


Son los problemas de la política bajo cuerda. Ese tipo de política, la del cabildeo y las presiones más o menos criminales de unos Estados sobre otros, choca frontalmente con la idea de democracia transparente que está instalada como mito nunca realizado en la práctica. Y de esa contradicción, de ese acercar el poder con las autonomías y a la vez alejarlo mediante la Constitución de la UE, surgirá probablemente un descrédito de las cúpulas políticas actuales que exigirá un relevo mediante el cual lleguen a esos puestos gentes con las manos limpias, sin pasado que esconder, sin pactos secretos que cumplir, sin compromisos privados de qué responder.


Lo malo será que ese relevo, si se produce, será traumático, y las consecuencias de la transición de lo viejo a lo nuevo (su nombre es CRISIS), las pagaremos todos.

Vance



Paz Digital, 06-02-2005

Paz Digital, 05-09-2006. Recuperado.

 



Claves: Fundamentos psico-socio-políticos para el siglo XXI. Por Vance


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Comentario[s]
DONFRAN
Escrito por El lector: el 06/09/2006 11:59:11
Felicidades por el artículo. Muy expeditivo. 
 
A mayor abundamiento, me guustaría añadir el  
 
Artículo 144. CE: 
 
" Las Cortes Generales, mediante Ley Orgánica, podrán, por motivos de interés nacional: 
 
1. Autorizar la constitución de una Comunidad Autónoma cuando su ámbito territorial no supere el de una provincia y no reúna las condiciones del apartado 1 del artículo 143. 
2. Autorizar o acordar, en su caso, un Estatuto de autonomía para territorios que no estén integrados en la organización provincial." 
 
- El punto 1tiene como único caso subsumible es la Comunidad de Madrid (que tuvo autonomía por L.O 6/82) 
- Y con respecto al punto 2, el constituyente parecía estar pensando en Gibraltar, para el caso de que eventualmente acabara formando parte del territorio español. 
 
Además la Disposición Transitoria 5ª permite a Ceuta y Melilla convertirse en Comunidad si lo autorizan así las Cortes Generales por ley orgánica, previo acuerdo de la mayoría absoluta de los miembros de sus Ayuntamientos. ( Lo que tuvo lugar por L.O 1/95 y 2/95 ) 
 
Me gustaría añadir que en preceso constituyente este tema fue uno de los más difíciles de solventar ya que mientras que Alianza Popular defendía un modelo unitario, PCE y PSOE apostaban por un modelo federal ( que supongo que es el que quieren hacernos tragar a la chita callando). Y los nacionalostas catalanes y vascos propugnaban un PACTO ENTRE NACIONES con competencias exclusivas del Estado central y residuales de las Comunidades Autónomas (os suna eso del pacto,no?) 
 
Así que los constitucionalistas, consideran que la Constitución contempla la apertura de un proceso político que incluye los elementos a partir de los cuales se irá configurando el modelo español.  
 
Pero claro, es que con la conformación del Estado Autonómico no han tenido bastante. Quieren que el modelo "siga evolucionando", tanto nacionalistas como socialistas. 
De hecho, autores de Derecho Político de corte "rojillo" consideran que nuestro Estado es de tipo regional (autonómico, concretamente) pero cuya evolución parece llevarnos a un Estado Federal. 
 
Así que , y esto es opinión personal, creo que esta sigue siendo la inteción actual de nacionalistas: conseguir para su parcela lo que no obtuvieron en el proceso constituyente. Y para el resto de España el PSOE e IU quieren su modelo federal. 
 
Pero Vance lo deja claro... 
Si queremos una gestión más directa de los servicios públicos, tenemos las provincias. 
 
Y es que, el invento de las C.C.A.A lo que provoca es el tener que mantener a una casta de políticos ineptos que se comen el dinero público. Y si no, véase Cataluña con el tema de los "informes". Si es que, esos nunca tendrán basatante con tanto despilfarro. De mí CCAA podría también decir bastante, pero ya otro día... 
 
Además, las CCAA son como un intermediario más en la cadena del dinero público hasta que le llega al ciudadano. Y ya se sabe, por cuantas más manos pase la pasta, más se va perdiendo por el camino.  
 
Excelente artículo, Vance. Muy bueno el desarrollo de "la vuelta al caciquismo" y con lo de colocar a los amigotes... Es una verdad como un templo. 
 
No puedo extenderme más, así que enhorabuena y hasta luego.




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