El porqué de la quinta expulsión de los jesuitas en 1932
DonaldRumsfeld
Paz Digital, 12-02-2007.- La Compañía de Jesús fue expulsada de España cinco veces; las cuatro primeras, en 1773, 1835, 1854 y 1868. El 24 de enero se cumplieron 75 años de la quinta vez que la Compañía de Jesús fue expulsada de España, fue durante la II República, en 1932, por el gobierno de Azaña, que también confiscó todos sus bienes.
Pero ¿qué habían hecho los jesuitas para merecer esta nueva expulsión? Diversas explicaciones confusas como su obediencia al Papa por encima de su obediencia al Estado se pusieron como pretexto. Pero seamos marxistas, sólo durante un rato, y busquemos causas económicas para encontrar una explicación más racional.
Una de las causas de la primera expulsión fue el asunto de las Reducciones del Paraguay tan bien contada en la película “La Misión”. En este lugar, los jesuitas erigieron un conjunto de comunidades indígenas donde los indios vivían sin ser explotados, con derecho a la propiedad privada y con bienes comunales que favorecieron la formación de una sociedad igualitaria. Como los únicos españoles presentes eran los jesuitas administradores, los indios nombraban sus propios concejos municipales. Al principio su relación con la autoridad virreinal fue buena, ya que su contribución militar ayudó al mantenimiento español en el actual Uruguay. Sin embargo, en 1750, un tratado de límites entre Portugal y España, puso parte de las reducciones bajo soberanía lusa. Como los portugueses habían atacado varias veces las misiones en su afán esclavista, los jesuitas se opusieron, pero fueron sometidos a obediencia por un enviado especial de su General. En Europa las nubes ilustradas anunciaban una terrible tormenta contra la Compañía y quizás la amputación del brazo paraguayo podía salvar a los hijos de Loyola.
A pesar de todo, la prudencia jesuítica no sirvió de nada. Portugal fue el primer país que decretó la expulsión de la Compañía de Jesús, pronto su ejemplo fue seguido por los borbones de España, Francia, Nápoles y Parma.
Finalmente, los embajadores ilustrados de estos países, con el apoyo de un importante partido eclesiástico antijesuítico, formado por las otras órdenes religiosas convencieron al Papa Clemente XIV de la necesidad de suprimir la orden en todo el orbe. El castigo fue tal, que incluso su general, el P. Ricci, fue encarcelado bajo falsos cargos, y cuando se mandó liberarlo ya había fallecido en prisión. Federico II, como luterano, y Catalina la Grande, como ortodoxa, no tenían obligación de obedecer las directrices venidas de Roma y los jesuitas fueron invitados a refugiarse en Rusia como apoyo intelectual al plan de modernización iniciado por Pedro el Grande. Entonces los ilustrados por boca de D´Alembert pudieron decir: "Abatida esta falange macedónica, poco tendrá que hacer la Razón para destruir y disipar a los cosacos y jenízaros de las demás órdenes. Caídos los jesuitas, irán cayendo los demás regulares, no con violencia, sino lentamente y por insensible consunción."
Pero esto fue en el S. XVIII, ¿qué pudo ocurrir en el S. XX para que otro reconocido francmasón como Azaña promulgara su proscripción de nuevo?
Desde su fundación, la Compañía de Jesús tuvo una vocación educativa. Hacia el año 1640 contaban ya con 500 centros de estudios superiores repartidos por toda Europa. La cifra fue aumentando a lo largo del siglo siguiente, hasta alcanzar la red educativa más importante del mundo dirigida por una orden religiosa.
Los vástagos de las aristocracias europeas estudiaban en los centros educativos de la Compañía de Jesús. Esto formaba parte de una estrategia de evangelización: hacer que las aristocracias de los diferentes países aceptaran los principios del cristianismo era un paso previo para la evangelización general.
Pero en el S. XIX y XX, el objetivo no eran los hijos de la aristocracia, sino los de las clases medias que recibían una educación cristiana que formaba élites políticas a la vez que se difundían las ciencias, las técnicas y el conocimiento generado en las revoluciones industriales.
En la Restauración, con Cánovas, los jesuitas fueron invitados a volver y lo hicieron cuando fueron expulsados de Francia. La Compañía conoció de este modo una nueva Edad de Oro erigiendo formidables colegios donde los hijos de las clases medias se formaban. Los jesuitas, por su apostolado intelectual, fundaron los Colegios Máximos, universidades como la Deusto1 y la de Comillas2, observatorios como el Observatorio del Ebro3 e institutos como el Instituto de Química de Sarriá4. La formación de una elite católica, tanto profesional e intelectual como política fue posible gracias a sus universidades y a las Congregaciones Marianas por ellos dirigidas.
Esto era lo que molestaba de los jesuitas y para ilustrarlo qué mejor que la cita que Vance hace de Plutarco:
"¡Alejandro a Aristóteles, salud!
No has hecho bien al publicar tus libros de ciencias especulativas, porque entonces nosotros [la aristocracia] no tendremos nada que nos sitúe por encima del resto de los hombres, si lo que nos has enseñado en secreto acaba de ser publicado y comunicado a todos, y deseo que sepas que preferiría superar a los demás en inteligencia de las cosas altas y excelentes antes que en poder. Adiós."
PLUTARCO, Vida de Alejandro, XI.
Donde los jesuitas se instalaron, floreció la civilización y la industria: Rusia, Japón y USA. En 1789, el mismo año en que la Constitución de los Estados Unidos entró en vigor y en el que se inició la Revolución Francesa, fue fundada la universidad católica más antigua de Estados Unidos por ex jesuitas, la Universidad de Georgetown, en Washington D.C. Posteriormente esta universidad sería integrada en la Compañía.
La conocida como la Edad de Plata española con figuras como Juan de la Cierva, Isaac Peral, Santiago Ramón y Cajal, Unamuno, etc… no se entendería sin la labor instructiva de los jesuitas.
Curiosamente y contra la evidencia, el Gobierno republicano del Primer Bienio formado por el PSOE y republicanos cuyo jefe era Azaña decretó la expulsión de los jesuitas atribuyendo a la Iglesia todos los males históricos de España.
Azaña, en su discurso en las Cortes de 13 de octubre de 1931, dijo que había que "impedir a toda costa, como obligación de republicanos y de españoles (...) toda agitación más o menos clandestina de la Compañía de Jesús". Y es que, para aquellos constituyentes, "la obligación de las órdenes religiosas católicas, en virtud de su dogma, es enseñar todo lo que es contrario a los principios en que se funda el Estado moderno".
El 24 de enero de 1932 era publicado el decreto de disolución:
«El artículo 26 de la Constitución de la República Española declara disueltas aquellas órdenes religiosas que estatutariamente impongan, además de los tres votos canónicos, otro especial de obediencia a autoridad distinta de la legítima del Estado, debiendo ser nacionalizados sus bienes y afectados a fines benéficos y docentes.
Es función del Gobierno ejecutar las decisiones que la potestad legislativa hubiese adoptado en el ejercicio de la soberanía nacional, y refiriéndose concretamente el precepto constitucional a la Compañía de Jesús, que se distingue de todas las demás órdenes religiosas por la obediencia especial a la Santa Sede, como lo demuestran, entre innumerables documentos, la bula de Paulo III, que sirve de fundamento canónico a la institución de la Compañía, y las propias Constituciones de ésta, que de modo eminente la consagran al servicio de la sede apostólica, a propuesta del ministro de Justicia, y de acuerdo con el Consejo de ministros,
Vengo a disponer lo siguiente:
Artículo 1.º Queda disuelta en el territorio español la Compañía de Jesús. El Estado no reconoce personalidad jurídica al mencionado instituto religioso ni a sus provincias canónicas, casas, residencias, colegios o cualesquiera otros organismos directa o indirectamente dependientes de la Compañía.
Art. 2.º Los religiosos y novicios de la Compañía de Jesús cesarán en la vida común dentro del territorio nacional en el término de diez días, a contar de la publicación del presente decreto. Transcurrido dicho término, los gobernadores civiles darán cuenta al Gobierno del cumplimiento de esta disposición.
Los miembros de la disuelta Compañía no podrán en lo sucesivo convivir en un mismo domicilio en forma manifiesta ni encubierta, ni reunirse o asociarse para continuar la extinguida personalidad de aquélla.
Art. 3.º A partir de la publicación de este decreto no realizarán las entidades mencionadas en el artículo 1.º, ni ninguno de sus miembros por sí o por persona interpuesta, ya sea a título lucrativo, ya a título oneroso, actos de libre disposición de los bienes propios de la Compañía o poseídos por ella.
Art. 4.º En el plazo de cinco días, los gobernadores civiles remitirán a la Presidencia del Consejo relación triplicada de las casas ocupadas o que lo hubieran estado hasta el 15 de abril de 1931 por religiosos o novicios de la Compañía de Jesús, con mención nominal de sus superiores provinciales y locales.
Art. 5.º Los bienes de la Compañía pasan a ser propiedad del Estado, el cual los destinará a fines benéficos y docentes.
Art. 6.º Los registradores de la Propiedad remitirán al ministerio de Justicia, en el plazo de diez días, relación detallada de todos los bienes inmuebles y derechos reales inscritos a nombre de la Compañía de Jesús, con expresión de los gravámenes que afecten a unos y a otros.
Dentro del mismo plazo, los establecimientos de crédito, entidades bancarias, Compañías anónimas y otras Empresas de carácter civil o mercantil, así como los particulares, enviarán al ministerio de Hacienda relación circunstanciada de los depósitos o valores, cuentas corrientes, efectos públicos, títulos y cualesquiera otros bienes mobiliarios pertenecientes a la citada Compañía que se encuentren en su poder.
Art. 7.º A los efectos del presente decreto, se instituye un Patronato, compuesto por un delegado de la Presidencia del Consejo de Ministros, otro por cada uno de los ministerios de Estado, Justicia, Hacienda, Gobernación e Instrucción pública; un representante del Consejo de Instrucción pública, otro de la Junta Superior de Beneficencia y un oficial letrado del Consejo de Estado. Los organismos respectivos procederán al nombramiento de sus delegados o representantes en el plazo de cinco días.
El Patronato se constituirá dentro de los cinco siguientes, previa convocatoria del delegado de la Presidencia del Consejo. Este será Presidente del Patronato, y secretario, el oficial letrado del Consejo de Estado.
Art. 8.º Corresponde a dicho Patronato:
1.º Formalizar el inventario de todos los bienes muebles o inmuebles de la Compañía, bajo la fe de notario público.
2.º Comprobar la condición jurídica de los bienes que, al aparecer a nombre de la Compañía de Jesús, se hallen en posesión de la misma, y proceder a su reivindicación e incautación.
3.º Ocupar y administrar los bienes nacionalizados.
4.º Elevar al Gobierno propuesta sobre el destino que han de darse a los mismos.
Los distintos órganos de la Administración facilitarán al Patronato los medios que éste recabe para el cumplimiento de su cometido.
Art. 9.º Las iglesias de la Compañía, sus oratorios y objetos afectos al culto, con exclusión de todo otro edificio o parte del mismo no destinado estrictamente a aquél, se cederán en uso, previo inventario, a los ordinarios de las diócesis en que radiquen, a condición de no emplear en el servicio de los citados templos individuos de la disuelta Compañía. El uso que se transfiere a la jurisdicción eclesiástica ordinaria nunca podrá ser invocado con título de prescripción.
Art. 10. Los superiores provinciales y locales, o quienes en cada caso desempeñen sus funciones, serán personalmente responsables:
1.º De la cesación efectiva de la vida en común en las casas cuyo gobierno les esté confiado, a tenor de lo dispuesto en el artículo 2.º.
2.º De la infracción de lo dispuesto en el artículo 3.º.
3.º De toda ocultación cometida en las investigaciones ordenadas para llevar a cabo lo preceptuado en el artículo 4.º y en los apartados primero y segundo del 8.º.
4.º De la resistencia que en los locales de la Compañía pudiera oponerse a las autoridades encargadas de la ejecución de este decreto.»
Si molestos eran los jesuitas, no menos molestos eran los salesianos, cuyo propósito era dar formación profesional a los jóvenes obreros; o las Escuelas del Ave María, cuyo fundador, Andrés Manjón, preconizaba la educación gratuita para los pobres y que logró dar un buen bachillerato y un plato caliente en muchas de las 36 Escuelas que para 1918 ya había fundado; o los Hermanos Maristas, orden fundada en Francia en 1863 como reacción ante la crueldad e incompetencia de los maestros rurales post-revolucionarios que enseñaban a odiar a Dios y a la religión.
La vendetta no se haría esperar y casi todo acabó en llamas y sangre y miles de españoles trabajando como jornaleros temporales para los terratenientes franceses o como mano de obra barata en las cadenas de montaje de la industria francesa o alemana en los años 50 y 60 después de haber sufrido un bloqueo económico como doble castigo en la posguerra.
Notas.
1. La Universidad de Deusto en Bilbao fue fundada en 1.886. Allí estudiaron: Gerardo Diego, Manuel de Irujo, Agustín Rodríguez Sahún, Sabino Fernandez Campo, José Félix de Lequerica, Joaquín Almunia, Antonio Garrigue Walker, Carlos Garaikoetxea, José Antonio Ardanza, Fernando Buesa, José María Oriol y Urquijo, Federico Paternina, Emilio Botín, Emilio Ybarra Churruca, José Ángel Sánchez Asiaín, Espido Freire, Álex de la Iglesia, Mario Conde, Pedro Luis Uriarte, Iratxe Ibarra, Lorea Bilbao e Igone Etxebarria.
2. La Universidad de Comillas fue fundada en 1890.
3. El Observatorio del Ebro es una institución científica especializada en geomagnetismo, ionosfera, sismología, meteorología, clima y actividad solar. Fue fundado en 1904 por la Compañía de Jesús con el objetivo principal de estudiar las relaciones entre las perturbaciones solares y sus manifestaciones en la Tierra.
4. El Instituto Químico de Sarriá forma parte de UNIJES (Universidades Jesuitas de España) y es miembro activo de IAJBS (International Association Jesuit Business Schools) a través de su Facultad de Economía e impulsora de ISJACHEM (International Jesuit Association of Chemistry and Chemical Engineering Universities and Schools). La colaboración con estas asociaciones fomenta la cooperación internacional a todos los niveles, especialmente con las universidades de países en desarrollo.
Paz Digital, 12-02-2007
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