Paz Digital, Diciembre-2003.- 
[parte de III - Catalunya, una nación socialmente avanzada]
VIII. SEGURIDAD PÚBLICA
En el terreno de la seguridad pública, el nuevo Gobierno de la Generalitat impulsará las siguientes medidas
Medidas para coordinar las políticas de seguridad en Catalunya
1. Mando único de los cuerpos y fuerzas de seguridad que actúan en Catalunya. Convertir la Junta de Seguridad de Catalunya en el verdadero órgano de coordinación de la Generalitat de Catalunya con el Gobierno central y los ayuntamientos. Cambiar el reglamento que la regula para que el conseller de Interior sea el presidente y, de esta manera, asumir la coordinación de los cuerpos policíacos en Catalunya, de acuerdo con el principio de lealtad institucional. También se dará participación a una representación de las autoridades locales.
2. Asunción por parte de la PG-ME de todas las atribuciones de una policía ordinaria e integral; actualización del protocolo en materia antiterrorista.
3. Asegurar la coordinación de las actuaciones de los departamentos del Govern en materia de seguridad y el traslado de la política general de seguridad a las actuaciones sectoriales de los departamentos del Govern. Creación de una Comisión catalana de Seguridad, de naturaleza interdepartamental.
4. Presencia del cuerpo de Mossos d'Esquadra en los organismos europeos en materia de policía.
5. Completar el desarrollo del Centro Coordinador de Seguridad y Emergencias -Teléfono Único 112 -. Este órgano ha de garantizar una atención eficaz de las llamadas de los ciudadanos y las ciudadanas al teléfono único de emergencias. A través de este centro se coordinarán y gestionarán operativamente las actividades y servicios de todas las organizaciones relacionadas con la prevención, planificación, atención, asistencia técnica y profesional de personas, bienes o derechos para disponer de una actuación rápida y eficaz de los servicios públicos y privados de emergencias y de seguridad.
6. Nueva Ley de Seguridad Pública:
- Que armonice la ley de policías locales y la de Mossos d'Esquadra.
-Definición de un nuevo sistema de autoridades y redefinición de las Juntas Locales de Seguridad.
- Delimitación de competencias entre los cuerpos.
7. Crear los consejos regionales de seguridad, formados por el conjunto de los ayuntamientos de las diferentes regiones o vegueries. Estos consejos han de diseñar y aplicar los planes regionales de seguridad, que no han de ser sino la adaptación del Plan de Seguridad Pública de Catalunya a las especificidades de las diferentes regiones que forman el Principado. En esta línea, se ha de prestar una atención específica en las áreas metropolitanas existentes en Catalunya.
8. Potenciar el papel de las juntas locales de seguridad, presididas por los alcaldes, como órganos de coordinación ejecutivos con competencias preventivas y planificación de las actuaciones de los cuerpos presentes en el territorio. Refuerzo del papel de los alcaldes como primera autoridad local en la coordinación del orden público y la seguridad ciudadana.
9. Potenciar los consejos locales de seguridad como forum de participación y debate de propuestas de políticas públicas y evaluación de programas.
10. Conectar todas las policías locales con los Mossos d'Esquadra, a través del establecimiento de bases de datos comunes, sistemas de comunicación conjuntos y mediante las mesas de coordinación que permitan garantizar la colaboración y cooperación entre todos los cuerpos de policía.
11. Trato específico de las áreas metropolitanas en cuanto a la coordinación de las policías locales.
Medidas orientadas para finalizar el despliegue del Cuerpo de Mossos d'Esquadra
12. Acabar el despliegue de los Mossos d'Esquadra durante la próxima legislatura, finalizando el año 2007. Acelerar provisionalmente la llegada del despliegue en las "zonas calientes", Campo de Tarragona, comarcas metropolitanas de Barcelona, etc...
13. Revisar el proceso de selección y formación de los aspirantes a agente del Cuerpo de los Mossos d'Esquadra.
14. Adoptar una nueva política de recursos humanos basada en el incremento del número de policías destinados a tareas exclusivamente policíacas. Incorporación de facultativos, administrativos y técnicos en las tareas de apoyo a la actuación policíaca.
15. Actualizar el marco legal en materia de seguridad (Ley de Mossos, Ley de Policías Locales de 1991, etc.) para establecer el sistema, criterios y contingentes para el acceso de personas procedentes de otros cuerpos policiales residentes en Catalunya.
Medidas para asegurar la planificación de las políticas de seguridad
16. Informar sobre la seguridad en Catalunya. El Govern de la Generalitat elaborará un informe anual sobre la situación de la seguridad en Catalunya.
17. Articular un plan de seguridad pública. El Govern presentará, bianualmente, un plan de seguridad que establecerá las directrices y las políticas para desarrollar, a partir de las previsiones generales de riesgos, actuaciones y medios en seguridad ciudadana, emergencias, seguridad viaria y todas las cuestiones que afecten la convivencia y el civismo.
18. Compromiso de elaborar un plan de prevención de Catalunya que facilite las intervenciones públicas y la implicación de las entidades públicas y asociaciones, mediante la definición de objetivos principales y la aportación de recursos presupuestarios.
19. El plan de prevención de Catalunya ha de abordar de manera expresa las limitaciones del sistema educativo actual, en especial en lo que se refiere a la incorporación al mercado laboral de jóvenes y adolescentes; las vinculaciones entre el urbanismo y el uso social de los espacios públicos; la política de vivienda social, etc.
20. Buscaremos, en colaboración con los diferentes operadores que intervienen en el campo de la prevención de la inseguridad, especialmente de la administración de justicia, el consenso necesario para establecer un sistema universal de recogida de información estadística sobre la criminalidad. Así mismo, se constituirá un espacio de análisis de los datos (mesa u observatorio de análisis) donde participarán los diferentes operadores, con el objetivo de poder devolver a los ciudadanos y ciudadanas una información validada.
Medidas para desarrollar la seguridad de proximidad
21. Establecer los contratos locales, sociales y de seguridad, en el marco de la política de apoyo a los barrios que desarrollará el Govern de la Generalitat en coordinación con las autoridades locales.
22. Establecer mecanismos regulares de coordinación entre los contratos locales, sociales y de seguridad con la propuesta de apoyo a los barrios con proyectos.
Medidas para mejorar la formación y la carrera profesional de las policías de Catalunya
23. Potenciación de la formación básica y especializada en la Escuela de Policía de Catalunya (EPC), y creación de cursos específicos para los mandos dentro del EPC.
24. Investigación en materias formativas que permitan aplicar los medios más modernos en cada materia, y estancias de preparación profesional en el extranjero.
25. Obligación efectiva para todos los ayuntamientos para que sus agentes de policía local sean formados en la Escuela de Policía de Catalunya, y aquellos que provengan de los CFSE completen su formación mediante un curso puente.
26. Elaboración y aplicación de un plan de carrera profesional que recoja todos los grados del escalafón de la Policía de Catalunya, con homologación de las correspondientes titulaciones académicas.
Medidas para ordenar y controlar la seguridad privada
27. Traspaso al Govern de la Generalitat de las competencias en materia de seguridad privada.
28. Cumplimiento estricto del decreto 272/95 que establece la inspección y el control de las empresas de seguridad privada.
29. Regulación de la figura del vigilante de discoteca y salas de fiesta.
30. Refuerzo de la Unidad Central de Seguridad Privada y de la Brigada de juego y Espectáculos de los Mossos d'Esquadra.
31. Incremento de las actuaciones de comprobación de la titulación específica exigible al personal que trabaja en el sector de la seguridad.
Paz Digital, diciembre-2003
Paz Digital, 24-11-2007. Recuperado
Documentos / Cataluña. PACTO DE TINELL o del Tripartito
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