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11-M. Sobre explosivos, matando al mensajero (15). Del Capitán Rico al General Laguna (31-12-2007) Imprimir E-Mail
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sábado, 05 de enero de 2008

Cuartel de Vegadeo, “la cuna del 11-M”. Incluye referencia al 11-M en relación con la acusación sobre la ocultación de la “cinta de Cancienes”.

Respuesta y ampliación sobre el escrito/queja del Capitán de la Guardia Civil D. Virgilio López a D. Pedro Laguna Palacios, General Jefe de la Zona de Castilla y León.



 

Paz Digital, 04-01-2008


AMPLIACION AL ESCRITO/QUEJA que, con todo respeto, al igual que la presente, elevó el Capitán de la Guardia Civil D. Virgilio López Rico (71.861.291), Jefe de la Compañía ubicada en la localidad de Arenas de San Pedro (Ávila), ante el Excmo. Señor D. Pedro Laguna Palacios, General Jefe de la Zona de Castilla y León, el día 09.09.07.


He recibido el día 31.10.07 la contestación, de fecha 25.10.07, que V.E. me envía a través del Sr. Comandante Jefe Interino de la Comandancia de Ávila a la que pertenezco, como respuesta a mi escrito/queja al que antes aludo. Adjunto como documento número 1, copia de su contestación.


En primer lugar quiero agradecer a V.E. el detalle de darme contestación, toda vez que estoy acostumbrado a recibir la callada por respuesta. Sinceramente le agradezco el gesto, aunque aquella no responda a mis aspiraciones en lo más mínimo, que no son otras que las respuestas a unas preguntas totalmente lógicas, así como las actuaciones pertinentes contra unos infractores de la Ley. A continuación, con la debida disciplina, paso a detallarle algunos aspectos inherentes a su contestación, así como complementarios a mi inicial escrito/queja.


En cuanto a las matizaciones que V.E, realiza en su artículo de prensa de fecha 18.03.07, respecto al anterior de 04.03.07, con todo acatamiento permítame decirle que a quien V.E hubiera debido nombrar en su artículo periodístico, es a la persona a la cual en su contestación se refiere como “redactor del artículo criticado”, y no a mí, contra quien arremete de una forma insultante, furibunda, ofensiva, utilizando mi apellido, dirigiéndose a mi persona con expresiones peyorativas tales como: “el afectado”, “autor de una supuesta irregularidad”, “merecedor de una querella por injurias y calumnias”, “sembrar la duda en la sociedad”, “actuar de forma injustificada, maliciosa y ladinamente” etc.


En lo que refiere V.E. de que mi queja no ha sido efectuada a través del conducto reglamentario, yo entiendo que todo Puesto de la Guardia Civil, es oficina receptora de cualquier documento, máxime si en esa localidad resido, aunque lo sea de forma temporal. Los pasos seguidos por los receptores de mi escrito, así como las remisiones que de él hicieron, los ignoro.


Respecto a carecer mi escrito del buen modo, como también menciona V.E., permítame decirle que yo no encuentro mi mal modo por ningún lado. ¿Tendría V.E. la bondad de decirme dónde se halla? ¿Qué palabras, frases o expresiones mías contienen el “mal modo”? Cuestión aparte, es que el contenido de mi relato, verdadero y documentado, no sea del agrado de V.E.


El transcurso de la vida tiene muchas casualidades, y una de ellas es que, hallándome yo, a las 12 horas del día 31.10.07, fecha en la que recibí la contestación de V.E., enfrascado en la visión/escucha de la sentencia del juicio del 11-M, cuando un Guardia Civil, destinado en la Plana Mayor de la Compañía de la cual ejerzo el mando, me participa la llegada de un “sobre reservado” a mí dirigido, procediendo yo, al instante, a su apertura. Mi sorpresa aumentó de forma exponencial con las dos noticias recibidas simultáneamente (su contestación y la sentencia del 11-M), en base a los siguientes puntos:


1º.-Nada me dice V.E., sobre la no participación mía en el artículo de prensa de fecha 04.03.07, causante de la respuesta dada por V.E. en el mismo medio el día 18.03.07.


2º.-Nada me dice V.E., sobre el haber utilizado mi apellido y cargo, achacándome V.E., una inexistente irregularidad mía, así reconocida y firmada por V.E. hace ya varios años.


3º.-Nada me dice V.E., sobre el por qué dice que yo siembro la duda en la sociedad injustificada, maliciosa y ladinamente.


4º.-Nada me dice V.E., sobre los insultos que a mi persona dirige, y de los cuales le rogaba, y le ruego, una rectificación.


5º.-Nada me dice V.E., sobre el por qué pone puntualizaciones a una Sentencia del Tribunal Supremo.


6º.-Nada me dice V.E., de todo el largo e intenso acoso al que fui sometido; el cual no reproduzco aquí para no ser reiterativo.


7º.-Nada me dice V.E., de las infamias que me achacaron, hasta el extremo de que el Fiscal Jefe de Asturias, D. Gerardo Herrero hiciese unas declaraciones en el diario “El País”, páginas 24 y 26, de fecha 06.03.05 diciendo que yo había filtrado la “cinta de Cancienes” (curiosamente la declaración de V.E. en mi expediente gubernativo, pidiendo mi expulsión de la Guardia Civil, por denunciar unos hechos ciertos e ilegales, también fue un 6 de marzo, pero de dos años antes).


8º.-Nada me dice V.E., respecto al silencio que obtuve por respuesta cuando relaté, por escrito, la realidad de mi relación con la cinta, al Coronel D. Fernando Aldea Juan, así como al Fiscal, autor (engañado) de la declaración difamatoria.


9º.-Nada me dice V.E., de los delitos cometidos en mi detención y en la de los Señores Amadeo, Avelino y Villamil.


10º.-Nada me dice V.E., de las irregularidades, ilegalidades, falsedades, y mentiras, cometidas ante la Autoridad Judicial, para llevar aquéllas a cabo.


11º.-Nada me dice V.E., de su manifestación en el expediente gubernativo contra mí instruido, en la que V.E. consideraba favorable para el servicio mi expulsión del Cuerpo de la Guardia Civil, precisamente por denunciar unos hechos ciertos e ilegales, así reconocidos como tales por el Tribunal Supremo.


12º.-Nada me dice V.E., sobre las faltas de veracidad expuestas en su artículo periodístico y que yo, documentalmente, con todo respeto y subordinación, le he rebatido.


13º.-Nada me dice V.E. sobre la falta de veracidad en toda la extensión de su declaración en mi expediente gubernativo, a excepción de mi odio hacia aquellos que hicieron uso del uniforme de la Guardia Civil para delinquir.


14º.-Nada me dice V.E., sobre las diferentes preguntas que en mi escrito/queja de fecha 09.09.07 disciplinadamente, le realicé.


15º.-Nada me dice V.E, sobre la ocultación, y el por qué, de la información que la UCO le facilitó sobre el tráfico ilegal de explosivos en Asturias, precisamente el mismo día en que V.E. consideraba nefasto para el servicio mi permanencia en la Guardia Civil.


16º.-Nada me dice V.E. sobre su discrepancia con la Autoridad Judicial, respecto al auto del Juzgado de Castropol en el tema de los albaranes de combustible, que para ésta “son”, y para V.E., “pudieran ser” constitutivos de infracción penal.


17º.-Nada me dice V.E, sobre el por qué se formó un equipo mixto de Guardias Civiles y Policías Nacionales para llevar a cabo el tema de la prostitución en el occidente asturiano, adulterando pruebas, mintiendo en informes y en declaraciones ante la Autoridad Judicial.


18º.-Nada me dice V.E., el por qué no autorizó la creación de un equipo mixto de trabajo, entre la Comandancia de Oviedo y la de Gijón, para la investigación del tráfico ilegal de explosivos, y sí lo hizo, en las mismas fechas, y con las mismas personas, en el caso expuesto en el punto anterior.


19º.-Nada me dice V.E. sobre la orden que me dio, referente a que pusiera en conocimiento de la Autoridad Judicial o Ministerio Fiscal, las irregularidades cometidas por el Capitán Marful Amor y Sargento Hidalgo Feliz, con el fin de dejar impunes a unos delincuentes uniformados en el caso de los albaranes de combustible falsificados en la cuna del 11-M.


20º.-Nada me dice V.E. sobre que, el cumplimiento de la orden a la que antes hago mención, acabó costándome un expediente gubernativo y una sanción de un año suspenso de empleo. Pero el tiempo, al colocar a cada cual en su lugar, me dio la razón, mediante sentencia del Tribunal Supremo, anulando la sanción injustamente impuesta y cumplida. Sanción que, como Guardia Civil y como militar, he cumplido con honor, con decoro, con dignidad, con autoestima, con orgullo y, por supuesto, con la cabeza muy alta. Pues al fin y al cabo me la impusieron por denunciar unos hechos ciertos e ilegales. Simplificando: POR CUMPLIR CON MI OBLIGACIÓN TAL Y COMO RECOGE LA SENTENCIA DEL ALTO TRIBUNAL ANTES CITADO.


21º.-Nada me dice V.E., respecto a la relación que hago entre la investigación de los explosivos utilizados en el atentado del 11-M y la de prostitución del occidente de Asturias, referente, en ambos casos, a fechas coincidentes, mismas personas investigadoras, datos obviados etc.


22º.-Nada me dice V.E. sobre lo por mí denominado “palanca que puso a rodar la bola de nieve causante del 11-M”.


23º.-Nada me dice V.E., referente a la expresión mía, en la que denomino como “cuna del 11-M”, al cuartel de la Guardia Civil de Vegadeo, así como de las circunstancias que llevaron a tal denominación.


24º.-Nada me dice V.E sobre el razonamiento mío de que si hubieran utilizado un 10% de la capacidad operativa que contra mí fue desarrollada, en la investigación de los explosivos, se hubiera evitado el atentado del 11-M.


Considero que al no responder a ninguno de los puntos expuestos, es que en el interior de su persona, V.E. está de acuerdo conmigo. Quizás los árboles que ante los ojos de V.E. pusieron, le hayan impedido ver el bosque y a sus “alimañas”, y tan sólo vieron la pieza de caza a batir, sin que nadie haya tenido en cuenta que los batidores eran unos delincuentes que, en el desarrollo de la cacería, han infringido gravemente la Ley, y no precisamente la de caza.


Curiosamente el Tribunal Juzgador del 11-M, si vio al bosque y a sus “alimañas”. Lo vio, al poner nombre y apellido al lugar de origen de los explosivos utilizados en la masacre. Los dos lugares, “Cuartel de la Guardia Civil de Vegadeo” y “Mina Conchita”, tenían que estar en aquellas fechas, bajo el control y vigilancia del mismo grupo de personas cuyo culmen era V.E. Grupo éste receptor de amplias informaciones sobre ambos lugares. Es lamentable que tales informaciones fuesen, una totalmente falsa, y otra, trágicamente cierta, así reconocido, tanto por el Tribunal Supremo como por la Audiencia Nacional respectivamente. ¿Se puede pedir verificación judicial más cualificada?


¿Recuerda V.E. cuando me hicieron pasar en tiempo record, al fallarles mi ilegal detención, un triste y lamentable reconocimiento psiquiátrico? ¿Qué pasaría si alguno de mis “batidores” hubiese sido sometido a tal prueba? Tengo la certeza de que no se hubiesen derramado tantas lágrimas, ni en despachos ni en comparecencias. De las múltiples vejaciones que he sufrido, quizá sea el reconocimiento psiquiátrico que antes cito, el que más perfora mi mente con su martilleante recuerdo.


Con expediente número 000868092 de SIGO, figura el informe de mis “ANTECEDENTES DELICTIVOS” donde consta mi detención, el día 23.05.03. Puede V.E. creerme si le digo que no siento el más mínimo rubor por tener tales antecedentes, pues la detención que, en mi persona así como en la de los Señores Amadeo, Avelino y Villamil, llevaron a cabo, fue causa efecto de una venganza y no por haber infringido Ley alguna (así reconocido por Fiscal y Juez), por lo tanto no es mi oprobio, no es mi ignominia, no es mi afrenta, no es mi deshonor. Es el oprobio, es la ignominia, es la afrenta, es el deshonor de unos indignos agentes de la Autoridad que, para llevar aquellas detenciones a cabo, mintieron en diligencias, mintieron en declaraciones e informes a la Autoridad Judicial, falsificaron pruebas… Asimismo también es el oprobio, es la ignominia, es la afrenta, es el deshonor de los que las ordenaron y/o dirigieron. Los “chapuceros” encargados de ejecutar tan peculiar “gesta”, debían de hallarse muy nerviosos, puesto que no acertaron ni a reflejar correctamente el número de mi DNI.


Pero a la vista de los resultados está, terriblemente claro, sentencias de los altos órganos de la Justicia incluidas, que era más importante inventar un flirteo mío con una puta en la cuna del 11-M, que trabajar la abundante información que del tráfico ilegal de explosivos tenían y, de ese modo, desmantelar, con toda facilidad, el nido dinamitero.


Relata V.E. en su contestación que sus matizaciones resultan obligadas por la responsabilidad inherente al cargo que ocupa en defensa de una información veraz en relación con hechos que afectan a la imagen de la Institución (…). Desde el más profundo respeto, siento una enorme pena, que la veracidad e imagen a la que V.E. se refiere, no se hayan tenido en cuenta, ni aplicado, en el caso de la investigación de los explosivos; en las declaraciones ante la Comisión de Investigación Parlamentaria; en informes emitidos por altos mandos, echándose la culpa unos a otros, unas unidades a otras; en las declaraciones en el juicio del 11-M; y, en el caso de las putas del occidente de Asturias.


Dice que copia de mi queja, así como de su resolución fue remitida “al Excmo. Sr. Director Adjunto Operativo de la Guardia Civil, a los efectos oportunos” (sic). Con total acatamiento a V.E., permítame decirle que me hizo totalmente feliz con su decisión de realizar la remisión que cita en base a lo siguiente:


A).-Que una Alta Autoridad, neutral, objetiva, ecuánime, con deseos de que la verdad, la transparencia y la legalidad salgan a relucir, analice lo por mí escrito y, de ese modo tan sencillo, con una veraz información y con la exigencia de las debidas responsabilidades, puede V.E. dar por seguro que la imagen de la Institución se verá enormemente favorecida.


B).-Tengo la esperanza de que los supuestos delitos, por mí expuestos, tales como informes falsos, mentiras en declaraciones realizadas ante la Autoridad Judicial, utilización de pruebas previamente adulteradas, coacciones a detenidos para que cambiasen una declaración previa, cometidos por el Comandante D. Francisco Javier Jambrina Rodríguez, Capitán D. Pedro Amable Marful Amor y el Subteniente D. Manuel Ferreiro Palacios, para llevar a cabo mi detención y la de los Señores Amadeo, Avelino y Villamil el día 23.05.03, sean investigados, analizados y, consecuentemente, que la Alta Autoridad a la que V.E. remitió mi escrito/queja, así como su contestación, adopte las medidas debidas.


No obstante, debido al tiempo transcurrido (más de dos meses), desde que V.E. envió copia de mi escrito/queja, así como su contestación, a la Alta Autoridad antes citada, unido a mi olfato de “perro viejo”, temo que, una vez más, el manto del silencio sea el que se imponga. Yo seguiré navegando con el mismo rumbo, el cual no tiene vientos de regreso, y cuyo término no es otro que el anhelo de que LA VERDAD, LA EVIDENCIA y LA RAZÓN se impongan donde se tienen que imponer: EN LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA, y que la Sociedad conozca, al fin, la infamia de unos personajes que, llevados por una injusta venganza, olvidando sus deberes, cometiendo delitos, contribuyeron a que el día 11 de Marzo del año 2.004 sea una triste fecha.


Con total subordinación a V.E, así como con todo respeto y acatamiento a la Autoridad Judicial, a sus decisiones y a sus sentencias, permítame formularle unas preguntas: ¿Cree V.E que una Sentencia Judicial puede ser ajustada a derecho, si en las diligencias policiales en las que está basada, el secretario de las mismas, Sr. Ferreiro Palacios, miente en ellas de una forma más que clara y descarada; si, al menos, una intervención telefónica ha sido manipulada; si, la toma de declaración a un detenido en la Comisaría de Policía Nacional de Oviedo, realizada por dos Guardias Civiles (!), de un total de 8 preguntas directas que le realizan, 6 se refieren a mí, y tan sólo dos, a los temas de la prostitución, que era por lo que se hallaba detenido? ¿Era yo el objetivo de la operación contra la prostitución? ¿Por qué?


Lo lamentable es que, como consecuencia de mentiras en diligencias, así como en declaraciones ante la Autoridad Judicial, aún haya, cuatro años y medio más tarde, personas en prisión. Con toda sumisión, no voy aportarle ningún documento de lo que en este punto, al igual que en anteriores, afirmo, porque ocasión ya tendré, o por lo menos eso espero y deseo. Tengo un mamotreto de más de 300 folios, mezcla de memorias, reflexiones y experiencias, tanto propias como ajenas, evidentemente documentadas, de lo que ocurría en las actuaciones de algunos miembros de la Guardia Civil asturiana, la cual se hallaba bajo su mando, en el estertor del segundo milenio e inicios del tercero.


Tales memorias, reflexiones y experiencias, son tan verdaderas, tan ciertas y tan reales como lo de “la subida al hombro de San Cosme y San Damián”.


Permítame informarle que las diligencias en las que mintió el Subteniente D. Manuel Ferreiro Palacios, cuando actuaba como Secretario, son las número 21.080/03 del Cuerpo Nacional de Policía de Oviedo (!). Con todo respeto, disciplina, acatamiento, subordinación y sumisión, me atrevo a preguntarle: ¿Cree V.E. que tales mentiras, entre otras muchas falsedades, constituyen infracción penal? Si su respuesta es positiva, ¿por qué no se actuó con la Ley en la mano contra los infractores? Si su respuesta es negativa, ¿por qué no lo han hecho contra mí acusándome de calumnias y/o injurias? La respuesta a esta última pregunta creo que se halla en el Código Penal, artículos 207 y 210.


Atentamente le saluda, quedando a sus órdenes, su subordinado.


Vegadeo (Asturias), 31 de Diciembre de 2.007

 


Fdo: Virgilio López Rico
Capitán de la Guardia Civil


Paz Digital, 04-01-2008

 

 

El 11-M y el Silencio Cómplice. Sobre explosivos, "matando al mensajero". SERIE PUBLICÁNDOSE

 


Comentario[s]
El Bala
Escrito por Usuario no registrado el 07/01/2008 12:30:08
Me resulta enormemente chocante que la sentencia del 11-M recoja, en sus folios 714 y 715, que no se pueda actuar por falso testimonio contra los testigos y peritos que, presuntamente, han mentido a lo largo del proceso, hasta que la sentencia no sea firme 
DE OTRO CAPITULO 
 
---- 
Desde el más profundo respeto, siento una enorme pena, que la veracidad e imagen a la que V.E. se refiere, no se hayan tenido en cuenta, ni aplicado, en el caso de la investigación de los explosivos; en las declaraciones ante la Comisión de Investigación Parlamentaria; en informes emitidos por altos mandos, echándose la culpa unos a otros, unas unidades a otras; en las declaraciones en el juicio del 11-M 
DE ESTE CAPÍTULO 
------ 
 
IMPRESIONANTE SERIE 
 
Lo pillé. Adelante, Capitán y adelante paz-digital. Sois valientes.  
 
Esperamos ese recurso de falso testimonio. Sois los únicos que vais por este camino de falsedad en declaraciones, pero los tenéis bien pillados... 
 
¡A España servir hasta morir! 
 
¡VIVA ESPAÑA!

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