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Condenado por poner los dedos sobre un libro. Por fin, el Tribunal Supremo afirma lo que tantas veces hemos dicho en Paz Digital, y que desmontaría toda la burda secuencia de versiones, teorías y elucubraciones sobre la masacre de los trenes de Madrid.
Paz Digital, 30-06-2008.- El Tribunal Supremo ha absuelto a Mohamed el Ouazzani, uno de los detenidos en la "operación Nova, que había sido condenado a seis años de cárcel por la Audiencia Nacional por integrar una célula terrorista, dirigida por "El Tunecino", uno de los autores del 11-M, con la intención de atentar en España.
El TS ha admitido así el recurso presentado por Mohamed Ouauzzani, aunque confirma la condena de cinco años de cárcel por colaboración con grupo terrorista para Abdelkrim El Ouazzani.
En el caso del primero, el Supremo estima que la sentencia de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional no aporta datos para probar la integración en organización terrorista; y reprocha al tribunal "la ausencia del más mínimo atisbo de explicación" para demostrar la acusación de integración en organización terrorista.
Así, el TS recurre a su propia jurisprudencia para reiterar que "no basta la mera certeza subjetiva del tribunal de la culpabilidad del acusado" y que la estimación "en conciencia" a la que se refiere la Ley de Enjuiciamiento Criminal "no ha de entenderse o hacer equivalente al criterio personal e íntimo del Juzgador".
La resolución del Supremo concluye que la prueba de cargo indiciaria se encuentra "tan gravemente viciada" que no puede considerarse apta para destruir la presunción de inocencia del acusado.
La Audiencia Nacional consideró probado que Mohamed Ouazzani estaba dispuesto a seguir los postulados de Mustapha El Maimouni -miembro de "una facción de Al Qaeda" que actualmente cumple condena en Marruecos por los atentados de Casablanca en 2003- en su labor de llevar a cabo la "yihad" o guerra santa.
Asimismo, afirmaba que El Maimouni actuaba junto a Serhane Ben Abdelmajid, "El Tunecino", uno de los siete responsables del 11-M que se suicidó [o no] en Leganés, con quien organizó varias reuniones "en su labor de captación de adeptos para la guerra santa", algunas de ellas en el domicilio que el acusado Abdelkrim El Ouazzani compartía con su primo Mohamed.
Incluso indicaba que Mohamed posteriormente continuó vinculado a "El Tunecino", hasta el punto de que en el piso de Leganés (Madrid) apareció un libro con su huella dactilar.
El Supremo, sin embargo, considera que estos datos son "manifiestamente insuficientes" para acreditar que Mohamed Ouazzani estuviera dispuesto a convertirse en seguidor de la "yihad" y probar su integración en organización terrorista.
Respecto a la huella dactilar de Mohamed encontrada en el piso de Leganés, el alto tribunal entiende que esta prueba permite establecer que sus manos han estado en contacto con el objeto en el que aparece la huella, pero señala que "la conexión de ese dato con la atribución de un hecho delictivo necesita de un juicio lógico inductivo", que no aparece en este caso.
"Por el contrario, cuando es factible establecer conclusiones alternativas plausibles, basadas en la incertidumbre o la indeterminación, el proceso valorativo debe decantarse por una solución absolutoria", añade.
En el caso del segundo condenado, Abdelkrim Ouazzani, el TS confirma la pena de cinco años de prisión por colaboración con organización terrorista. [Efe]
El objeto de Leganés con la huella dactilar era un libro del Corán. La detención del presunto terrorista ahora absuelto la ordenó el 15 de diciembre de 2004 el juez Baltasar Garzón, que tiene contactos con elementos no determinados de los Estados Unidos, a donde acudió para ampliar actividades de "la guerra contra el terror", que es como se llama en Estados Unidos al "hallazgo" de "culpables islamistas" y a las invasiones bélicas de países de población musulmana. Mohamed Ouazzani declaró ante el juez Del Olmo que le habían arrancado una confesión falsa para Garzón mediante golpes y amenazas. El juez Del Olmo, autor de la sentencia que hoy ha desacreditado el Supremo, no tuvo en cuenta la información que sobre estas presuntas torturas le hizo llegar la Unidad de Régimen Disciplinario de la Dirección General de la Policía.
Por fin, el Tribunal Supremo afirma lo que tantas veces hemos dicho en Paz Digital, y que desmontaría toda la burda secuencia de versiones, teorías y elucubraciones sobre la masacre de los trenes de Madrid, en las que nuestro medio se ha negado a entrar, centrándonos en los hechos y pruebas reales, demostrando y descartando la falsedad de las pistas falsas, señalando a los cómplices conocidos en relación con las falsas pistas, pero sin "marear la perdiz" sobre lo descartado. Dice así el TS: "Por el contrario, cuando es factible establecer conclusiones alternativas plausibles, basadas en la incertidumbre o la indeterminación, el proceso valorativo debe decantarse por una solución absolutoria". Y decimos nosotros: Aplíquese esto a todos los hechos y conclusiones sobre 11-M y téngase en cuenta que, como tantas veces hemos dicho, cuando es factible establecer conclusiones alternativas plausibles, no podemos decir que es verdad una de ellas por lo que se debe ampliar la investigación que lleva a la primera conclusión y las alternativas . ¡QUE LOS INVESTIGUEN A TODOS!
Paz Digital, 30-06-2008
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